Eth nòste projècte ei Aran. Aran ès tu

La reforma de la Ley de Aran

Una de las disposiciones del Estatuto de Catalunya, concretamente la quinta, establece la obligatoriedad de revisar en un plazo de cuatro años el Régimen Especial del Valle de Aran.

A mi entender, este debate tiene una causa principal: la mejora del actual marco institucional que, con tanto esfuerzo, vio la la luz en 1990 después de diez largos años de espera. La base de este proceso es un acuerdo conseguido en 2009, después de muchos meses de largas reuniones entre los representantes políticos del Conselh Generau d’Aran y con la inestimable ayuda de tres letrados competentes en derecho administrativo que puso a la disposición del Conselh el presidente Montilla.

Hubo, en aquel trabajo intenso, ámbitos en los que fue posible el acuerdo y otros en los que no, y no solamente por culpa de desacuerdos políticos que son inherentes a un proceso como este, sino que, algunos de ellos como el de la financiación, requerían la complicidad del Departamento de Economía de la Generalitat para la elaboración de una propuesta solvente. Hoy, cinco años después, seguimos sin tener esta nueva Ley, entre otras razones porque, con los cambios de gobierno de 2010, se acabaron las negociaciones y llegaron únicamente los recortes. El Conselh perdió entonces cerca una parte muy significativa de su presupuesto. Hoy, Aran no tiene marco financiero, su presupuesto ha caído reiteradamente y las estimaciones para los próximos años no tienen mejores perspectivas. ¿Tendría algún sentido aprobar una Ley que consolide esta desfavorable situación? Es decir, que los representantes políticos acepten un texto que, bajo el principio ambiguo de “suficiencia financiera”, consagre esta situación por falta de coraje político de los que tienen la obligación de defenderla. Desgraciadamente no he visto en este tiempo reciente ningún debate que se haya centrado en ello, a pesar de la gravedad de la situación.

Creo que esta cuestión no acepta matices, el momento es difícil, pero ello no evita que la Ley defina un sistema justo, aunque sea de aplicación progresiva, para garantizar la viabilidad de la institución.

En segundo lugar, la Ley, ha de abordar el sistema electoral. No puede fosilizarse un modelo que ha consolidado un reparto de la representación tan desproporcionado. Es decir, en términos de votos, para que resulte elegido, un conseller necesita el triple de votos que otro según la circunscripción electoral, de las seis existentes, en la que se presente. Un hecho que genera un agravio comparativo y un déficit de representación. ¿Podemos girar la espalda a esta realidad? ¿Podemos mantener un texto legislativo sin tener en cuenta los cambios de nuestra población y su reparto territorial?

Debemos reflexionar sobre ello. La Ley tiene urgencia si resuelve los problemas. Si su único objetivo es cubrir un trámite u otorgar una medalla, evidentemente puede esperar. Estamos obligados a encontrar el consenso. Para ello hay que volver al diálogo, un diálogo olvidado desde 2009 y que ha de ser imprescindible para que, en un territorio como Aran, su Ley de Régimen Especial no sea la Ley de los unos o de los otros, sino que sea un instrumento eficaz para construir un mejor futuro para todos.

Paco Boya

Senador e Conselhèr Generau